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Boletín

Plazos SOFOM

Publicada en el DOF 21 de marzo de 2019

Entra en vigor 22 de marzo de 2019

Tercera.- Las Entidades deberán dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en la presente Resolución, en los términos y de conformidad con los plazos que se señalan a continuación:

  1. Cuatro meses contados a partir de la entrada en vigor de la Resolución para modificar el Manual de Cumplimiento y presentarlo a la Comisión. (22 julio 2019)
  2. Nueve meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la Resolución, para

modificar la metodología a que hace referencia el Capítulo II Bis. (22 diciembre de 2019)

III.    Dieciocho meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la Resolución, para actualizar los sistemas automatizados a que se refiere la 43 ª de las Disposiciones. (22 septiembre 2020)

  1. Veinticuatro meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la Resolución, para recabar la Geolocalización del Dispositivo desde el cual el Cliente o Usuario celebre cada Operación, a que se refiere las presentes Disposiciones. (22 marzo 2021)

Cuarta.- Las Entidades estarán obligadas a enviar el reporte a que se refiere la 10 ª Ter de las presentes Disposiciones, una vez que la Secretaría dé a conocer la guía o lineamientos para tal efecto a través de los medios electrónicos que al efecto señale.

Quinta.- Los supuestos para la celebración de contratos de forma no presencial con Clientes personas físicas de nacionalidad extranjera, conforme a lo establecido en la 4 ª Ter de las presentes Disposiciones, entrarán en vigor en la fecha en que la Secretaría emita los mecanismos de identificación correspondientes.