El 23 de diciembre de 2020, fue publicada de manera anticipada en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2020.
A través de la citada Resolución, se otorga autorización para importar un menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV2 (COVID-19), sin tener que presentar la declaración certificada por el Consulado Mexicano del lugar en donde residió el importador.
Dicho beneficio será aplicable en tanto tenga vigencia el “Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID- 19)”, es decir, hasta que no se declare que la contingencia ha finalizado.
Por lo que respecta a los artículos transitorios, se considera que la entrada en vigor será a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dichas Reglas, por lo que no incluye un análisis profundo de las mismas y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de las RGCE 2020 señaladas en este documento; así como, en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.