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Suspensión de actividades en la Secretaría de Economía

12 nov. 2020
  • Suspensión de actividades en la Secretaría de Economía

El 12 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo por el que se suspenden las actividades que se indican en la Unidad de Apoyo Jurídico y en la Dirección General Adjunta de lo Contencioso de la Secretaría de Economía, derivado del incremento de casos confirmados de personal que ha contraído el virus SARS-CoV-2 (COVID 19)” (el Acuerdo), mismo que entrará en vigor el día de su publicación y estará vigente durante quince días hábiles.

El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.

Con el fin de dar cumplimiento a las medidas preventivas publicadas en el DOF el 26 de marzo, por el Gobierno Federal para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus COVID-19, se suspenden todos los términos de los trámites que deban presentarse ante la Secretaría de Economía (SE).

Asimismo, el pasado 14 de mayo de 2020, mediante publicación en el DOF, la Secretaría de Salud dio a conocer una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.

Sin embargo, aun y cuando se han tomado las medidas sanitarias necesarias por parte del personal de la Dirección General Adjunta de lo Contencioso adscrita a la Unidad de Apoyo Jurídico de la SE, se han presentado diversos casos confirmados de SARS-CoV-19.

En este sentido, y con la finalidad de evitar la propagación del virus, resulta necesario suspender las labores de dicha Dirección General Adjunta, así como de la Unidad de Apoyo Jurídico, por lo que a través del Acuerdo en comento, se suspenden la totalidad de las actividades en las Instituciones indicadas anteriormente, incluida la recepción de notificaciones presenciales y por medios electrónicos, realizadas por parte de las autoridades competentes de los niveles federal y local.

Asimismo, las siguientes Instituciones no podrán recibir promociones, demandas, juicios de amparo, emplazamientos, requerimientos judiciales, así como cualquier otra notificación proveniente de las autoridades jurisdiccionales, contencioso administrativas, administrativas y de trabajo:

  • Unidad de Apoyo Jurídico.
  • Dirección General Adjunta de lo Contencioso.
  • Dirección General de Minas.
  • Dirección General de Normas.
  • Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales.
  • Las ubicadas en cada una de las Oficinas de Representación en las entidades federativas.

Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.

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T (52 33) 38174480 

 

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