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Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
15 oct 2019Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
Alerta 41. 2019
Hoy 15 de octubre de 2019, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (Decreto), mismo que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y su vigencia concluirá a los 180 días naturales contados a partir de su entrada en vigor.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Decreto, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
Como respuesta a las Proclamaciones 9704 y 9705, emitidas por el gobierno de los Estados Unidos de América, las cuales tuvieron como finalidad incrementar las tasas arancelarias aplicables a la importación a los Estados Unidos de América, de productos de aluminio y acero, en un 10% y 25% respectivamente, procedentes de todo el mundo; el gobierno mexicano publicó diversos decretos a partir de los cuales aumentó el arancel de importación a 189 fracciones arancelarias que corresponden a mercancías del sector siderúrgico.
Toda vez que dicho incremento arancelario, tuvo un impacto positivo en la redistribución de los países de origen donde se importan los productos de acero a México y con la finalidad de coadyuvar en la detección y combate de prácticas ilícitas en la importación, alentadas por el aumento de la oferta mundial del acero, mediante el Decreto, se establece un impuesto general de importación (IGI) del 15% ad-valorem, a mercancías del sector siderúrgico relacionadas con planchón de acero sin alear y aleado.
En este sentido, es recomendable que las empresas que realizan importaciones de productos de acero revisen el IGI aplicable a estos de acuerdo con el Decreto, con el fin de evitar contratiempos en su operación.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente, así como en cualquier otro asunto relacionado en materia de Comercio Exterior.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:
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