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Reporte Anual para Programa IMMEX
10 feb. 2021- Reporte Anual para Programa IMMEX
El día 29 de enero de 2021, fue publicado en la página del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), el oficio número 414.2021.372., a través del cual la Secretaría de Economía (SE) establece el criterio respecto al cumplimiento de la obligación de presentar el Reporte Anual de operaciones de Comercio Exterior para las empresas con Programa de Fomento autorizadas.
Conforme a lo señalado en el Decreto IMMEX, las compañías tienen la obligación de presentar el Reporte Anual a más tardar el último día hábil del mes de mayo y realizar anualmente ventas al exterior por un valor de 500,000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, o bien, facturar exportaciones, cuando menos por el 10% de su facturación total.
Mediante el oficio en comento, y derivado de la situación actual que enfrenta el país por el virus SARS-CoV2 (COVID 19) que ha obligado a varias compañías a suspender sus actividades por no ser consideradas como esenciales, la SE otorga la dispensa de no cumplir con los montos indicados anteriormente.
No obstante, la obligación de presentar el reporte anual en el periodo antes señalado continua vigente, por lo que en caso de no cumplir en tiempo la SE podría suspender el Programa autorizado.
El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicho oficio, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y consecuencias.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación del oficio señalado en este documento; así como, en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
Si requiere mayor información respecto a este tema, por favor contacte a nuestros expertos.
Mario Echagaray
T (52 55) 54246500
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Mario Rizo
T (52 33) 38174480
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