El 17 de diciembre del 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo por el que se da a conocer el periodo en el que no correrán plazos y términos administrativos en la Secretaría de Economía con motivo del segundo periodo vacacional 2025” (el Acuerdo), mismo que entrará en vigor el día de su publicación en el DOF.
Mediante el citado Acuerdo se establece que el periodo comprendido del 22 de diciembre de 2025 al 06 de enero de 2026 se considerará inhábil para la Secretaría de Economía (SE) por ser el segundo periodo general de vacaciones, razón por la cual no se computarán los plazos y/o términos legales que se lleven a cabo ante dicha autoridad.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
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Mario Echagaray
