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Alerta 14

Aviso automático de importación de productos de aluminio

El 02 de abril de 2026, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior” (el Acuerdo), mismo que entrará en vigor una vez que sea liberada en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM) la presentación del aviso para enviar la información correspondiente.

Con el objeto de evitar la triangulación en el comercio de productos de aluminio entre México, Estados Unidos de Norteamérica y Canadá, las partes acordaron implementar medidas efectivas para el monitoreo de las importaciones de aluminio.

En ese sentido, el aviso automático de importación de productos de aluminio constituye el instrumento regulatorio idóneo para recabar la información sobre la fracción arancelaria de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, cantidad, valor, tipo de mercancía y, país o países de fundido y vertido (smelting and cast), permitiendo la operatividad del monitoreo en comento.

Algunos de los bienes que estarán sujetos a dicho aviso son:

  • 7601.20.02 – Aleaciones de aluminio
  • 7604.10.02 – Perfiles
  • 7609.00.02 – Accesorios de tubería (por ejemplo: empalmes (racores), codos, manguitos) de aluminio

Por lo anterior, mediante el Acuerdo en comento se establece que para solicitar el aviso automático de importación de productos de aluminio se deberá presentar a través de la VUCEM lo siguiente:

·       Fracción arancelaria y Número de Identificación Comercial (NICO)

·       Cantidad a importar (volumen) en unidad de medida de la Tarifa

·       Valor en dólares de la mercancía a importar 

·       País o países de fundición (smelting)

·       País de vertido (cast); país donde se realiza el proceso de verter aluminio líquido en un molde para darle una forma sólida específica, (lingotes, placas, barras)

·       País de origen

·       País exportador

·       Nombre del proveedor

·       Descripción de la mercancía conforme lo siguiente:

o   Tipo de aluminio

o   Dimensiones

o   Tipo de recubrimiento y acabado

o   Accesorios integrados

o   Precio unitario en USD

El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicho Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.

Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.

En caso de requerir más información, favor de contactarnos en el siguiente correo electrónico: 

Mario Echagaray

Mario.Echagaray@mx.gt.com

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