Alerta 6. 2017
Los días 9 y 10 de febrero de 2017, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los Anexos 1, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30 y 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, las cuales estarán vigentes del 1 de febrero de 2017 al 31 de enero de 2018.
Dichos anexos contemplan, entre otras cosas, lo siguiente:
- Formatos de Comercio Exterior.
- Horarios de aduanas, así como aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional y determinado tipo de mercancía.
- Compilación de criterios normativos y no vinculativos en materia de comercio exterior y aduanas.
- Fracciones arancelarias que no están sujetas a la inscripción en el Padrón de Importadores.
- Mercancías por las que procede su exportación temporal.
- Fracciones arancelarias para la importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos y azufre.
- Mercancías por las que no procede el tránsito internacional.
- Campos de pedimento multables, por presentación de datos inexactos o falsos.
- Fracciones arancelarias de mercancía peligrosa que requiere instalaciones especiales para su muestreo.
- Lineamientos para el control de inventarios automatizado de las compañías que cuentan con Programa IMMEX.
- Fracciones arancelarias por las que no se está obligado al pago del impuesto al valor agregado en su importación.
- Fracciones arancelarias sensibles para efectos del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado.
- Fracciones arancelarias sujetas a la declaración de marcas nominativas o mixtas.
- Lineamientos para la transmisión de informes al Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías, aplicable para compañías con certificación en materia de IVA e IEPS, o bien, que hayan garantizado el interés fiscal de dichos impuestos por sus importaciones temporales.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación de los Anexos de las RGCE 2017 señalados en este documento; así como en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los correos electrónicos:
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