• Skip to content
  • Skip to navigation

Solicita aquí una propuesta de servicios para tu empresa. Solicitar

Grant Thornton logo
  • Eventos
  • Empleos
  • Oficinas
  • Artículos y Novedades
  • Contacto
  • Sobre nosotros
  • español
Alcance global
  • Alcance global
  • África
  • América
  • Asia Pacífico
  • Europa
  • Medio Oriente
    Servicios
    Servicios
    • Precios de Transferencia
    • Comercio Exterior y Aduanas
    • International Business Center
    • Japan Business Group
    Servicios
    Nos interesamos profundamente por el trabajo que hacemos para nuestros clientes, el impacto que tenemos en nuestras comunidades y el trato que le damos a...
    Visión general
    Auditoría
    Nuestro personal que presta los servicios de auditoría tiene el conocimiento y la capacidad técnica que le permite asegurar que las auditorías de estados...
    Visión general
    • Auditoría de estados financieros
      Servicio de Auditoría de estados financieros realizado por la firma contable mexicana Salles Sainz Grant Thornton.
    • Dictamen fiscal
      Nuestra gente está comprometida a ofrecer los más altos estándares de excelencia, con integridad, amplios conocimientos técnicos y experiencia comercial.
    • Normas Internacionales de Información Financiera
      Ayudamos a nuestros clientes en el proceso de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera.
    Contenido relacionado:
    Aspectos clave sobre los tratamientos fiscales inciertos
    Auditoría Aspectos clave sobre los tratamientos fiscales inciertos
    Las normas contables requieren que las entidades consideren la posibilidad de decisiones fiscales adversas por parte de las autoridades durante una hipotética revisión fiscal, registrando un pasivo y gasto cuando dichas decisiones fiscales se consideran “probables”.
    22 feb 2021
    Precios de Transferencia
    La experiencia en Servicios de Precios de Transferencia de más de 20 años y la capacidad de nuestros profesionales a nivel nacional garantizan el más alto...
    Visión general
    Impuestos
    Nuestros servicios de impuestos le permitirán cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales, tanto locales como internacionales.
    Visión general
    • Consultoría y asesoría fiscal
      Encontramos las mejores herramientas dentro de las diversas disposiciones fiscales
    • Seguridad social y contribuciones locales
      Seguridad social y contribuciones locales
    • Consultoría Fiscal Internacional
      Consultoría Fiscal Internacional
    Contenido relacionado:
    Factura V 4.0 y Reformas al CFDI 2022
    Factura V 4.0 y Reformas al CFDI 2022 Factura V 4.0 y Reformas al CFDI 2022
    Cambios al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
    Lectura de 4 minutos | 29 dic 2021
    Comercio Exterior y Aduanas
    Ofrecemos servicios de consultoría, auditoría y diagnóstico sobre sus operaciones de comercio exterior.
    Visión general
    Business Advisory Services
    Comprendemos su organización y ofrecemos soluciones orientadas a resultados
    Visión general
    • Prevención y detección de lavado de dinero y prácticas anticorrupción
      Prevención y detección de lavado de dinero y prácticas anticorrupción. El Lavado de Dinero es un proceso especializado y con frecuencia complejo de identificar 
    • Consultoría de negocios
      Comprendemos su organización para ofrecer soluciones que impulsen su negocio orientado a los resultados
    • Tecnología de la información
      Basamos nuestra filosofía de trabajo en el conocimiento de negocio de nuestros clientes, atención personalizada y de alta calidad en nuestros servicios.
    • Generador de avisos para actividades vulnerables
      Enfocamos esfuerzo y concentración en análisis profundo y decisiones respecto a operaciones sospechosas y a un adecuado cumplimiento de la Ley
    • Consultoría de riesgo
      Las empresas de todo el mundo se enfrentan a constantes desafíos en su intento de navegar por la amplia gama de riesgos en complejos mercados globales
    • Consultoría Forense
      En tiempos definidos por la incertidumbre y las amenazas a las organizaciones, los profesionales forenses de Grant Thornton han apuntado soluciones para retos difíciles
    • Recuperación y reorganización
      Nos centramos en la identificación y resolución de problemas que afectan a la rentabilidad, la protección de valor de la empresa y su recuperación
    • Consultoría Transaccional
      Podemos ayudarle a entender los detonantes de valor detrás de transacciones exitosas
    • Prevención y detección de lavado de dinero y prácticas anticorrupción
      Certificados por la CNBV en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
    • Auditoría Interna
      Todas las organizaciones administran el riesgo basándose principalmente en el control interno para ayudar a minimizarlo
    • Auditoría de Cumplimiento al Sistema de Pagos Interbancarios en Dólares (SPID)
      Contamos con procedimientos y una metodología para ayudar a las empresas del sector financiero a cumplir con las reglas y procesos operativos
    • Implementación de COUPA – Compras y Gastos
      Le proporcionamos una única solución integrada desde compras hasta gastos
    • Servicios para Empresas Familiares
      Nuestro equipo está preparado para ayudar a las empresas familiares a crear su protocolo familiar, teniendo experiencia amplia con numerosas familias mexicanas en diferentes estados de la República.
    • Gobierno Corporativo
      Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C. tiene amplia experiencia en la prestación de servicios de Gobierno Corporativo, basando su filosofía de trabajo en las mejores practicas corporativas, el conocimiento del negocio de nuestros clientes, atención personalizada y de alta calidad en nuestros servicios.
    • Organización, Cultura y Gente
      En Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C. apoyamos a nuestros clientes a definir y desarrollar sus funciones de capital humano minimizando los riesgos existentes y considerando las dimensiones cambiantes de la fuerza de trabajo.
    • Consultoría de tecnología de la información
      Salles Sainz Grant Thornton, S.C. tiene amplia experiencia en Consultoría de Tecnología de Información (TI), basando su filosofía de trabajo en el conocimiento de negocio de nuestros clientes, atención personalizada y de alta calidad en nuestros servicios.
    • Auditoría de Cumplimiento al Sistema de Pagos Interbancarios en Dólares (SPID)
      El área de Business Advisory Services presta servicios de consultoría integral en diversas materias como TI, operativa, ISO, entre muchos otros, lo cual nos ha permitido tener una experiencia sólida en diversos sectores incluyendo el financiero.
    • Implementación de COUPA - Compras y Gastos
      En Salles Sainz Grant Thornton, S.C., entendemos cuales son los elementos que requieren las organizaciones para afrontar los retos que demanda una administración eficiente de compras y gastos y cómo podemos ayudarle a la mejora de la gestión de las compras y gastos
    • Administración de riesgos
      El área de Business Advisory Services de Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C. apoya a las organizaciones en la conexión del pensamiento de riesgo con su negocio u objetivos estratégicos, así como la actividad de gestión cotidiana.
    • Valuaciones, fusiones y adquisiciones
      El área de Business Advisory Services de Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C. ayudamos a nuestros clientes a navegar transacciones complejas - ya sea comprando o vendiendo - con velocidad y agilidad, desde el diseño de la estrategia de la transacción hasta el desarrollo del due diligence y la integración de un nuevo negocio o la separación de una entidad, apoyamos a nuestros clientes a aprovechar oportunidades, resolver problemas y administrar riesgos para liberar su potencial de crecimiento.
    • Control Interno
      En Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C. trabajamos con entidades de diversos tamaños y sectores. Optimizamos los esfuerzos para alcanzar sus objetivos con la aplicación de los estándares y metodologías más elevadas de Control Interno, Administración y Gestión de Riesgos.
    • Investigaciones Forenses y Disputas
      Combinando técnicas y habilidades de investigación avanzadas, métodos de tecnología forense y un amplio conocimiento de la industria, Salles, Sainz – Grant Thornton, S.C. cuenta con profesionales especializados que ayudan a nuestros clientes y sus consejeros legales investigando las acusaciones de fraude y a responder ante los accionistas y autoridades.
    Contenido relacionado:
    Mejores Prácticas Aplicables a SOFOM No Reguladas
    PLD Mejores Prácticas Aplicables a SOFOM No Reguladas
    Mejores Prácticas Aplicables a los Reportes de Operaciones Inusuales y Reportes de Operaciones Internas Preocupantes de SOFOM No Reguladas
    10 jun 2021
    International Business Center
    Le proporcionamos soluciones con respecto a inversiones iniciales o a expansión por exportaciones
    Visión general
    Business Process Solutions
    Servicios especializados en externalización contable, fiscal y de nómina
    Visión general
    • Contraloría externa
      Factor clave en su estrategia de administración de negocios, ya que es una herramienta efectiva que potencia los beneficios de la pequeña y mediana empresa
    • Capital Humano
      Proveemos soluciones para su empresa para encontrar y retener el talento en ella.
    Contenido relacionado:
    Reforma al outsourcing y sus implicaciones
    Outsourcing Reforma al outsourcing y sus implicaciones
    Panel Virtual donde nuestros expertos evaluarán y platicarán sobre la Reforma al Outsourcing y sus implicaciones desde diferentes puntos de vista.
    Lectura de 1 minutos | 30 abr 2021
    Japan Business Group
    グラント・ソントン - 日系企業グループ
    Visión general
    • español
    1. INICIO
    2. Alertas - Grant Thornton Mexico
    3. Acuerdo para evitar la doble tributación celebrado entre México y Arabia Saudita

    Acuerdo para evitar la doble tributación celebrado entre México y Arabia Saudita

    01 mar 2018

    Acuerdo para evitar la doble tributación celebrado entre México y Arabia Saudita

    Alerta 4. 2018

    El pasado 26 de febrero de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuesto Sobre la Renta y su Protocolo, hechos en la Ciudad de Riad, el 17 de enero de 2016 (en adelante el Acuerdo). 

    En términos generales, el Acuerdo será aplicable conforme a lo siguiente: 

    a) Comprende el impuesto sobre la renta federal en el caso de México y, en el caso del Reino de Arabia Saudita, el zakat y el impuesto sobre la renta, incluyendo el impuesto a las inversiones en gas natural. 

    b) Tal como se establece en otros convenios firmados por México, los dividendos podrán ser gravados en el Estado Contratante en el que resida la sociedad que paga los dividendos y de acuerdo con la legislación de ese Estado, pero si el beneficiario efectivo de los dividendos es residente del otro Estado Contratante, el impuesto así exigido no podrá exceder del: 

    • 5% del importe bruto de los dividendos. 
    • 5% cuando una sociedad que sea residente de un Estado Contratante tenga un establecimiento permanente en el otro Estado Contratante, los beneficios de una empresa de un Estado Contratante podrán estar sujetos a una retención de impuestos adicional en el otro Estado Contratante, de conformidad con su legislación fiscal, cuando los beneficios se remitan a la oficina central. 

    c) El Acuerdo establece que los ingresos derivados de rendimientos de crédito pueden someterse también a imposición en el Estado Contratante del que procedan y de conformidad con la legislación de ese Estado, pero si el beneficiario efectivo de los ingresos derivados de rendimientos de crédito es un residente del otro Estado Contratante, el impuesto así exigido no podrá exceder del:

    • 5% del importe bruto de los ingresos derivados de rendimientos de crédito pagados a entidades financieras o fondos de pensiones. 
    • 10% del importe bruto de los ingresos derivados de rendimientos de crédito pagados en cualquier otro caso. 

    Asimismo, señala que cuando, por virtud de la relación especial existente entre el deudor y el beneficiario efectivo o entre ambos y cualquier otra persona, el importe de los ingresos derivados de rendimientos de crédito, habida cuenta del crédito por el que se paguen, exceda del que hubieran convenido el deudor y el beneficiario efectivo en ausencia de tal relación, las disposiciones del Acuerdo se aplicarán únicamente a este último importe. En tal caso, la cuantía en exceso de los pagos podrá someterse a imposición de acuerdo con la legislación de cada Estado Contratante, teniendo en cuenta las demás disposiciones del presente Acuerdo. 

    Es importante mencionar que el Protocolo del Acuerdo establece que, para efectos impositivos mexicanos, se debe entender que la expresión "ingresos derivados de rendimientos de crédito" incluirá todos los elementos de ingresos o ganancias contenidos en los Artículos 8, 163, párrafos noveno al décimo sexto, y 166 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o en los Artículos que los substituyan. 

    d) En términos del presente Acuerdo, se considerarán regalías los pagos de cualquier clase recibidos en consideración por el uso o el derecho de uso de cualquier derecho de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas y películas o cintas para su difusión por radio o televisión, cualquier patente, marca, diseño o modelo, plano, fórmula o procedimiento secreto o por el uso o derecho de uso de cualquier equipo industrial, comercial o científico o por información relativa a experiencias industriales, comerciales o científicas. 

    No obstante lo anterior, el Protocolo del Acuerdo establece que se entiende que el término "regalías" también incluye las ganancias obtenidas por la enajenación de cualquiera de dichos derechos o bienes mencionados en el párrafo 3 del Artículo 12 del Acuerdo, que estén condicionados a la productividad, uso o disposición de los mismos. 

    Asimismo, el Acuerdo establece que, si el beneficiario efectivo de las regalías es un residente del otro Estado Contratante, el impuesto así exigido no podrá exceder del 10% del importe bruto de las regalías. 

    e) Se establece que las ganancias obtenidas por un residente de un Estado Contratante en la enajenación de acciones en las que más del 50% de su valor proceda, directa o indirectamente, de bienes inmuebles situados en el otro Estado Contratante, pueden someterse a imposición en ese otro Estado. 

    Asimismo, señala que las ganancias derivadas de la enajenación de acciones de una sociedad residente de un Estado Contratante puedan ser sometidas a imposición en ese Estado. 

    También señala que las ganancias de la enajenación de cualquier otro bien distinto a los señalados en el Artículo 13 del Acuerdo, sólo pueden someterse a imposición en el Estado Contratante en que resida el enajenante. 

    f) Las autoridades competentes de los Estados Contratantes intercambiarán la información que sea previsiblemente relevante para aplicar lo dispuesto en el presente Acuerdo, o para la administración o cumplimiento de la legislación interna relativa a los impuestos de cualquier clase y naturaleza exigidos por los Estados Contratantes, en la medida en que la imposición no sea contraria al Acuerdo. 

    Asimismo señala que la información recibida por un Estado Contratante en virtud del párrafo anterior, será mantenida secreta de igual forma que la información obtenida con base en la legislación interna de ese Estado y sólo se comunicará a las personas o autoridades (incluidos los tribunales y órganos administrativos) encargadas de la determinación o recaudación, la ejecución o reclamación, o la resolución de recursos en relación con los impuestos señalados en el Acuerdo, o encargadas de verificar el cumplimiento de lo anterior. Estas personas o autoridades sólo utilizarán la información para estos fines. Podrán revelar la información en las audiencias públicas de los tribunales o en las sentencias judiciales. 

    g) En el caso de México, las disposiciones del Acuerdo aplicarán en relación con los impuestos retenidos en la fuente, sobre las cantidades pagadas el o a partir del 1° de enero de 2019 y; respecto a otros impuestos, con relación a ejercicios fiscales que inicien el o a partir del 1° de enero de 2019. 

    h) Finalmente, el Acuerdo podrá darlo por terminado cualquier Estado Contratante a través de la vía diplomática, dando aviso de la terminación a mas tardar el 30 de junio de cualquier año calendario que inicie 5 años después de que el Acuerdo haya entrado en vigor; en este caso, el Acuerdo dejará de surtir efectos en relación con los impuestos retenidos en la fuente, sobre las cantidades pagadas después de que termine el año calendario en el que se dé dicha notificación y; respecto de otros impuestos, en relación con ejercicios fiscales que comiencen después del final del año calendario en el que se dé dicha notificación. 

    Grant Thornton México a través de su división Fiscal se pone a sus órdenes para cualquier duda o información adicional que requiera.

    En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:

    Oficina México 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55)  54246500 

    Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55)  54246500

    Mario Echagaray Mario.Echagaray@mx.gt.com T (52 55) 54246500 

    Oficina Monterrey 

    Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 5424 6500  

    Oficina Guadalajara  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33)  38174480 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33) 38174480 

    Oficina Puerto Vallarta  

    Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 322) 2241297 

    Oficina Querétaro 

    Carlos Hernández Carlos.A.Hernandez@mx.gt.com T (52 442) 229 1543 

    Oficina Tijuana 

    Luis Fernando Acosta Luis.F.Acosta@mx.gt.com T (664) 207-0050 

    Rafael Rubí Rafael.Rubi@mx.gt.com T (664) 207-0050

    Oficina Ciudad Juárez 

    Daniel Santiago Daniel.Santiago@mx.gt.com T (52 33)  38174480

    Compartir
    • Facebook
    • Twitter
    • LinkedIn
    • WhatsApp
    • Correo electrónico

    CONECTA CONECTA

    • Nuestros expertos
    • Alertas
    • Intranet
    • Reporte de Tiempo
    • Reporte de Tiempo Administración

    ACERCA DE ACERCA DE

    • Nosotros
    • Empleos
    • Boletines de economía
    • Medidas COVID-19
    • Perspectivas

    LEGAL LEGAL

    • Aviso legal
    • Aviso de privacidad y Cookies
    • Contacto
    • Preferencias de cookies

    Redes SocialesRedes Sociales

    © Salles Sainz Grant Thornton S.C., es una firma miembro de Grant Thornton International Ltd (GTIL). GTIL y sus firmas miembro no forman una sociedad internacional, los servicios son prestados por las firmas miembro. GTIL y sus firmas miembro no se representan ni obligan entre si y no son responsables de los actos u omisiones de las demás.  Grant Thornton es una de las organizaciones líderes a nivel mundial de firmas de auditoría, impuestos y consultoría independientes. Las firmas ayudan a organizaciones dinámicas a liberar su potencial para el crecimiento brindándoles asesoramiento significativo y práctico a través de una amplia gama de servicios.