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Reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
29 ago. 2016- Reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior - Grant Thornton Mexico
El día 26 de agosto de 2016, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior (Acuerdo), mismo que entrará en vigor el 29 de agosto de 2016.
El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes del Acuerdo, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.
A través del Acuerdo, se actualiza el Anexo 2.4.1., el cual identifica las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas (NOM).
Por lo que respecta a la industria del tequila, se adiciona a la NOM-006-SCFI-2012, “Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones”, la fracción arancelaria 2208.70.02, correspondiente a los licores que contienen aguardiente o destilados del agave, con la finalidad de proteger la Denominación de Origen del tequila.
Ahora bien, la NOM-121-SCT1-2009, relacionada a productos de radiocomunicación y la NOM-003-SCFI-2000, aplicable a los productos electrónicos y sus especificaciones de seguridad, se eliminan para ser sustituidas por la NOM de emergencia NOM-EM-016-SCFI-2015 y la NOM-003-SCFI-2014, respectivamente.
Se elimina la referencia de la NOM de emergencia NOM-EM-015-SCFI-2015 para los equipos que tengan acceso a una red pública de telecomunicaciones, toda vez que ya no se encuentra vigente.
Por otro lado, de acuerdo al Decreto por el que se modifica la TIGIE, publicado en el DOF el 10 de mayo de 2016 y por el cual se crearon y suprimieron diversas fracciones arancelarias relativas al sector textil y de la confección, se actualizan dichas fracciones en el Anexo antes citado, con la finalidad de que cumplan con las NOM aplicables a cada una de ellas.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se pone a sus órdenes para todo lo relacionado con la aplicación del Acuerdo señalado en este documento; así como, en cualquier otro asunto que en materia de comercio exterior se requiera.
En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los correos electrónicos:
Oficina México
Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 54246500
Pedro Zugarramurdi Pedro.Zugarramurdi@mx.gt.com T (52 55) 54246500
Oficina Monterrey
Santos Briz Santos.Briz@mx.gt.com T (52 55) 5424 6500
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Mario Rizo Mario.Rizo@mx.gt.com T (52 33) 38174480
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Oficina Ciudad Juárez
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