Alerta 48. 2020
El día 02 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programa IMMEX) suspendidos.
Las empresas que aparecen en el Aviso antes mencionado cuentan con la suspensión del Programa IMMEX debido a la falta de presentación del reporte anual establecido en el artículo 25 del Decreto IMMEX, el cual debió presentarse a más tardar el último día hábil del mes de mayo, o por el incumplimiento del artículo 11, fracción III del mismo Decreto, relacionado con los datos fiscales del titular del Programa IMMEX.
Para dejar sin efectos dicha suspensión, es necesario presentar a más tardar el último día hábil del mes de agosto de 2020, el reporte anual del total de las ventas y de las exportaciones resultantes del ejercicio fiscal 2019 o cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX, según sea el caso.
La Secretaría de Economía dejará sin efectos la suspensión a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a que se presente la información por la cual fue suspendido el Programa IMMEX.
Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.
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