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Press Release

Arrendamientos: Definición de un contrato de arrendamiento

Dado que la contabilización de los arrendamientos conforme a la IFRS 16 ‘Arrendamientos’ da como resultado que prácticamente todos los arrendamientos se reconocen en el balance general del arrendatario, la evaluación de si un contrato es (o contiene) un arrendamiento es aún más importante de lo que era bajo la IAS 17 y la IFRIC 4.

En la práctica, el impacto principal será para los contratos que no tienen la forma legal de un contrato de arrendamiento, pero que  implican el uso de un activo específico y, por lo tanto, pueden contener un contrato de arrendamiento, tales como los servicios  de tercerización, contratos de manufactura, contratos de transportación y suministro de energía. Anteriormente, esta evaluación se basaba en la Interpretación IFRIC 4; sin embargo, la IFRS 16 reemplaza dicha Interpretación con nueva orientación que difiere en algunos aspectos importantes, respecto de la IFRIC 4.

La IFRS 16 cambia la definición de un contrato de arrendamiento y proporciona orientación sobre cómo aplicar esta nueva definición. Como resultado, algunos contratos que no contienen un arrendamiento ahora podrían cumplir con la definición de un arrendamiento según la IFRS 16, y viceversa.

De acuerdo con la IFRS 16, un arrendamiento se define como ‘un contrato, o parte de un contrato, que otorga el derecho a utilizar un activo (el activo subyacente) por un período de tiempo a cambio de algún pago’.

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